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Encontró un papel de caramelos en una botella de Coca Cola y cuatro años después se conoció el fallo de la Justicia

Confirman la multa por un envoltorio de caramelos dentro de una botella

La justicia porteña confirmó una multa dispuesta por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires contra una embotelladora de gaseosas, por la presencia del envoltorio plástico de un caramelo dentro de una botella comercializada.

La Sala III de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Tributario y de Relaciones de Consumo de la Ciudad de Buenos Aires rechazó un recurso de la embotelladora Coca Cola Femsa en una causa contra la Dirección General de Defensa y Protección del Consumidor por resoluciones de defensa al consumidor.

El 1° de marzo de 2016 H. O. O. denunció a Coca Cola Femsa de Buenos Aires SA por la presencia de un envoltorio de plástico en el interior de una botella de Coca Cola de dos litros (número de serie FE30801614) adquirida en un comercio en enero de dicho año.

El consumidor refirió que “sus reclamos telefónicos fueron infructuosos. Solicitó el resarcimiento del daño directo y una atención comercial” según el fallo, informado por el sitio iJudicial.

Fracasada la instancia conciliatoria, el 16 de junio de 2016, la DGDyPC imputó a la empresa la presunta infracción al artículo 5° de la Ley 24240. Precisó que «el producto no habría llegado en óptimas condiciones al consumidor, por lo que representó un peligro para su salud e integridad física.

Tras pericias scopométricas y químicobromatológicas a cargo del Instituto Nacional de Tecnología Industrial, el 21 de junio de 2018 Defensa y Protección del Consumidor del GCBA impuso a la embotelladora una multa de 40.000 pesos y la obligación de publicar la parte dispositiva de lo resuelto en un diario de alcance nacional, agrega iJudicial.

En el fallo de la Cámara, integrada por Gabriela Seijas, Hugo Zuleta y Esteban Centanaro, se lee que “si bien en su descargo la actora esbozó que no estaba acreditado que hubiera embotellado la bebida, en su recurso se limitó a desconocer que ‘la bebida en cuestión haya sido envasada por Coca Cola Femsa en las condiciones en que se encuentra'”, según el voto de Seijas.

“Tales ‘condiciones’ se refieren a la presencia del envoltorio plástico traslúcido de un caramelo de miel dentro de la botella, conforme ha quedado establecido en el informe técnico del 21 de septiembre de 2017″, agregó la jueza.

“La sumariada no ofreció ninguna prueba ni suministró detalles que permitieran dudas de su participación en el envasado”, añade la argumentación de la jueza de cámara.

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